El Supremo anula la sentencia contra el asesino de dos policías en L'Hospitalet

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sentencia contra Pedro Jiménez García, condenado a 83 años de prisión por el asesinato de dos policías en prácticas en L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona). El hombre cometió el brutal doble crimen en 2004 y, el año pasado, fue condenado por la Audiencia de Barcelona.

El Supremo ha anulado ahora aquella sentencia porque considera que debería haber sido juzgado por un jurado popular y no por la Audiencia. Tras la sentencia, el abogado que defiende a Jiménez presentó un recurso de casación ante el TS. El Alto Tribunal lo ha resuelto ahora y ha anulado la sentencia.

Como consecuencia de esa decisión, la Audiencia de Barcelona se ha visto obligada a dejar sin efecto la prisión provisional. Jiménez García, sin embargo, no saldrá a la calle: continúa ingresado en prisión por condenas anteriores. Para el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, no se ha cometido "ningún error" judicial. La razón es que, a pesar de que el jurado popular juzga habitualmente los casos de asesinato, en esta ocasión concurrían otros elementos: violación, robo e incendio.

Por todo ello, "en su día se consideró que debía estar en manos de un tribunal profesional", han explicado fuentes del TSJC, que tilda la decisión del Supremo de "novedad".

La decisión del TS tampoco ha sentado bien a la Fiscalía Superior de Cataluña. En su opinión, "resoluciones como la dictada generan duda e incertidumbre al no constituir criterio único del Tribunal Supremo sobre aspectos que afectan a la misma competencia enjuiciadora de los tribunales ordinarios". La Fiscalía tiene dudas de "cuál va a ser el procedimiento a seguir" en otros casos ya que, insiste, existen "resoluciones contradictorias" sobre ese tema. El ministerio público insta al Supremo a "sentar criterios uniformes e invariables", para evitar la confusión. El juicio, en todo caso, tendrá que repetirse. Y con jurado popular.

La Audiencia de Barcelona condenó a Jiménez por el doble asesinato, pero también por los delitos de agresión sexual, violación de domicilio, robo con violencia y robo con fuerza, incendio y profanación de cadáver. Los hechos ocurrieron la mañana del 5 de octubre. El hombre estuvo paseando por el barrio de Bellvitge, en L'Hospitalet (Barcelona) cuando se cruzó en su camino Silvia Nogaledo, de 28 años. La siguió hasta su domicilio. En el ascensor, la amenazó con una navaja y la obligó a entrar en casa. Dentro estaba Aurora Rodríguez, de 23 años, también policía en prácticas. A ella la violó y la mató apuñaladas. Después se dirigió hacia Silvia. También le clavó un cuchillo en cinco ocasiones y, una vez muerta, la violó. El hombre revolvió después la vivienda -robó una tarjeta de crédito- y le prendió fuego.

(Fuente:El País)

Esta noticia es para vomitar... Vomitar encima del Tribunal Supremo, de momento, y después seguir vomitando. ¿Por qué rebuscada estratagema legal se puede anular un juicio contra un tipo que asesina a dos mujeres a sangre fría? Por esto es por lo que no decidí seguir estudiando para abogado, porque la ley es cada vez menos ciega y algo más interesada. El agravante de este asunto es que eran dos mujeres policías en practicas. ¿Se imaginan qué hubiera pasado si una de ellas tira de reglamentaria y le da al tipo este una ración de plomo? La qué se hubiera liado, porque el pobre individuo delincuente sólo llevaba una navaja...

Como bien dijo Arturo Pérez Reverte en un artículo de su sección en El Semanal, hay que averiguar primero con qué armas cuenta el señor que te asalta en tu propia casa, no sea que te lo lleves por delante con desproporción a la amenaza. Que luego te coge un juez, de esos que le tienen ganas a la Policía, y te cae la perpetua.

No suelo desearle mal a nadie, pero espero que, a los integrantes del Tribunal Supremo que han anulado la sentencia, les asalten en sus chalets una banda de violentos atracadores y les hagan lo mismo que a las policías en prácticas. A ver si así aprenden.

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